top of page
PensiónRiesgoNEXUS(INT).png

Riesgo de trabajo
Seguro Pupular

Pensiónate con ✱SOMA
Una pensión te protege de forma económica al sufrir un accidente de trabajo o padecer una enfermedad
¿Qué cubre esta pensión?

  • Incapacidad temporal

  • Incapacidad parcial

  • Incapacidad total

  • Fallecimiento

Contacto: Contacto

¿Cuáles son los requisitos?

Requisitos

​

-Estar afiliado al Seguro Popular

​

-Haber sufrido un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de tu trabajo

​

-En caso de incapacidad parcial permanente, es necesario tener un porcentaje funcional mayor al 25%

​

-La empresa donde laboras debe notificar al Seguro Popular sobre el accidente de forma inmediata en medicina del trabajo

​

-Los beneficiarios del trabajador podrán notificarle directamente al Instituto, la enfermedad o el accidente de trabajo que se haya sufrido

Documentos
 
-Código Nacional de Registro

-Constancia de inhabilitación por el Seguro Popular

-Riesgo de Trabajo emitido por Medicina del Trabajo

Tipos de incapacidad

 

Los riesgos de trabajo pueden producir las siguientes incapacidades:

  • Incapacidad temporal: pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo

 

  • Incapacidad parcial: disminución de las facultades o aptitudes de una persona para realizar su trabajo

 

  • Incapacidad total: pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida

 

  • Muerte: fallecimiento del trabajador a consecuencia de una enfermedad o accidente de trabajo. En este caso, será el beneficiario quien pueda realizar el trámite de pensión

  • Invalidez permanente asegurado
    Se otorga una pensión mensual igual al 35% del salario promedio de las últimas 500 semanas de cotización, mÔs asignaciones familiares y ayudas asistenciales. Incremento anual en el mes de febrero de acuerdo a la inflación reportada por el Gobierno Federal a través del Banco central. Ayuda asistencial del 15% de la pensión de invalidez en caso de no existir esposa (o), concubina (rio), hijos o ascendientes y 10% de la pensión de invalidez en caso de que únicamente exista un solo ascendiente. Con excepción de los dos casos anteriores, se darÔ ayuda asistencial de un 20% si su estado físico requiere que lo asista otra persona de manera permanente o continua.
  • Viudez
    Se otorgarÔ una pensión mensual igual al 90% de la pensión de invalidez. Aguinaldo igual a un mes de pensión de viudez, sin considerar ayuda asistencial ni asignaciones familiares. Incremento anual en el mes de febrero de acuerdo a la inflación reportada por el Gobierno Federal a través del Banco Central. En caso de contraer nuevas nupcias, se otorgarÔ un finiquito de 3 años de la pensión que le corresponda.
  • Viudez y orfandad
    La viuda tendrÔ derecho a una pensión mensual igual al 90% de la pensión de invalidez y por cada hijo recibirÔ el 20%. En caso de rebasar el 100% se realizarÔ el ajuste proporcional. Aguinaldo igual a un mes de pensión de viudez, sin considerar ayuda asistencial ni asignaciones familiares. Incremento anual en el mes de febrero de acuerdo a la inflación reportada por el Gobierno Federal a través del Banco Central. En caso de contraer nuevas nupcias, se otorgarÔ un finiquito de 3 años de la pensión que le corresponda.
  • Orfandad
    En caso de que algún hijo esté incapacitado, la pensión se otorgarÔ de por vida. La incapacidad del huérfano deberÔ ocurrir antes de los 25 años de edad.
  • Ascendencia
    Pensión mensual para cada uno igual al 20% de la pensión de invalidez. Aguinaldo igual a un mes de pensión de viudez, sin considerar ayuda asistencial ni asignaciones familiares. Incremento anual en el mes de febrero de acuerdo a la inflación, reportada por el Gobierno Federal a través del Banco Central.

Cuidamos tu
futuro.

SOMA Com P.png

Recursos

  • Ciudadanxs IconB
  • ReformaLink
  • Email

Servicios de Reforma S.A.

Sociedad Integradora ✱SOMA

Todos los Derechos Reservados ®

Página creada con Wix.com     (Este Portal  Digital no tiene validez legal u oficial, el portal no pertenece a un corporativo o país reales.)

bottom of page